Sin embargo, ese arriesgado -pero necesario- intento tendrá que esperar. La contingencia nacional me superó. Tengo la convicción de que lo poco que queda del alma nacional se ve amenazado gravemente -mucho más de lo que parece- por el proyecto de ley que establece medidas contra la discriminación. Y como durante la última semana se sucitó un debate al respecto en A2 de"El Mercurio", parece más necesario abordar este tema y no los orígenes de Chile, al menos por el momento. Por ello, paso a transcribir tres cartas publicadas en el "diario que miente", los días domingo 16, jueves 20 y viernes 21 de septiembre, respectivamente. La primera es de Diego Schalper, la segunda de Álvaro Paul, y la tercera de quien escribe.
Si bien hay que profundizar mucho más en el tema, creo que estas cartas son un buen punto de partida para comprender la maldad del proyecto de ley en cuestión. Que paradoja, ¿no? El proyecto de ley de no discriminación es esencialmente arbitrario...
Señor Director:
Un debate que se ha mantenido bastante soterrado es la tramitación que se está llevando a cabo en el Senado del proyecto de ley que establece medidas en contra de la discriminación. En líneas bastante generales, lo que persigue es dotar al Estado de amplias facultades en contra de "toda forma de discriminación", definida de manera amplísima (art. 2), y establecer una acción bastante particular y de especial tramitación.
Quisiera poner énfasis en dos temas que me parecen fundamentales. Primero, no logro entender cuál es el motivo de establecer un marco legal, cuando nuestra misma Constitución ya se encarga del punto en el artículo 19 Nº 2, dotando a las personas de recursos de protección para perseguir discriminaciones arbitrarias que puedan afectar sus derechos. El proyecto en comento exacerba considerablemente los efectos normativos, haciendo extensivo el reproche incluso a los casos donde la discriminación no lleva aparejada arbitrariedad y aun cuando no se lesionen derechos con ella.
Y segundo, resultan preocupantes los fundamentos del proyecto, donde se propugna un derecho a la no discriminación, que podría ser la puerta de entrada a múltiples pretensiones de determinados grupos dentro de nuestra sociedad, que curiosamente son los principales promotores del mismo.
Sobre estos supuestos, mañana perfectamente algunos podrían defender -y así lo han hecho en países como España, por ejemplo- la instauración de matrimonios entre homosexuales. Ilustrativo resulta el caso de Escocia, donde un instructivo del servicio nacional de salud recomienda no hablar de "padres" y "madres", por considerarlo ofensivo y discriminatorio respecto de las parejas homosexuales. ¿Para allá nos quieren llevar?
DIEGO SCHALPER SEPÚLVEDA
Presidente
Centro de Alumnos Derecho UC
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Señor Director:
El proyecto de ley sobre la no discriminación radicado en el Senado, y sobre el cual se han publicado algunas cartas estos días, padece del grave problema de igualar la discriminación arbitraria con la diferenciación legítima.
En efecto, en dicho mensaje se establece que constituye una discriminación arbitraria todo tipo de diferenciación basada en motivos de raza, lengua, apariencia personal, orientación sexual, etcétera, que prive, perturbe o amenace el legítimo ejercicio de los derechos establecidos en el ordenamiento jurídico vigente.
Con una definición tan amplia, podrían darse situaciones ridículas, como obligar al pago de una multa de hasta 100 UTM a un colegio musulmán, por no contratar a un evangélico de profesor de religión; o a una empresa de modelaje, por no contratar a una persona sin los atributos físicos necesarios. Quizá lo peor en la redacción de este proyecto, es que no distingue respecto de los ámbitos en los cuales debe aplicarse, con lo que una persona podría ser multada por hacer legítimas diferenciaciones en las decisiones de su vida personal.
Álvaro Paúl Díaz
Abogado
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Señor Director:
El proyecto de ley que establece medidas contra la discriminación es un típico caso de "remedio peor que la enfermedad". Su artículo 1º señala que tiene "por objeto prevenir y eliminar todas las formas de discriminación".
Si bien a primera vista esto parece loable, si se analiza a fondo ello no lo es tanto. Discriminar es distinguir, separar; nada más humano que eso. ¿Qué es pensar sino distinguir una cosa de otra, lo bueno de lo malo, lo igual de lo desigual?
Pero el proyecto en cuestión olvida todo lo anterior: engloba en un mismo grupo distinciones legítimas con discriminaciones arbitrarias. Por lo mismo, si se transforma en ley, se les impondrá a todos los ciudadanos e instituciones un modelo de hombre que no distingue, al cual todo le da lo mismo. Porque para el proyecto distinguir ya es arbitrario. Y contra los que no compartan esta visión "pluralista" y "tolerante" de la sociedad se establece una acción procesal especial, y eventualmente una agravante penal. Las implicancias de esto en ámbitos como el laboral o el educacional son gravísimas e insospechadas.
Los paladines del pluralismo y la tolerancia son, paradójicamente, los reyes de la imposición y la uniformidad intelectual. ¿No es acaso arbitrario el proyecto de no discriminación?
Claudio Alvarado Rojas
Ayudante de Derecho Constitucional
Derecho UC